miércoles, 29 de abril de 2015

EL FUTURO DEL TRABAJO

   Reza el artículo 4 de la LCT, que el contrato de trabajo tiene como principal objeto la actividad productiva y creadora del hombre en sí, haciendo énfasis en la importancia que tiene desempeñar labores, en este caso como dependiente, para el desarrollo, no sólo económico, sino, fundamentalmente, espiritual del hombre. No son pocos quienes han dicho que el trabajo dignifica, dejando de lado la veracidad de ese argumento, si se trata de una falacia capitalista tendiente a llenar las fábricas, comercios y dependencias de empleados que, so perjuicio de no ser dignos, abarrotan tales sitios de cientos como ellos, prestos a poner su disponibilidad laboral, su cuerpo, su mente y alma, al servicio de otro o si, por el contrario, estamos ante una verdad irrefutable, lo destacable es que "trabajar" es una piedra fundamental a todo movimiento social y económico que se desee imaginar.
   La humanidad es una marcha inexorable hacía adelante, dicen algunos, dentro de tal concepto, va de suyo, cuestionable, encuadro a la tecnología, con su avance perpetuo, que permitió soñar con volar y hoy hacerlo de modo comercial, unir el mundo desde un ordenador y abaratar costos en las empresas, favoreciendo la productividad bajo un modelo estrictamente "Fordista" de producción. He aquí el quid de la cuestión, la tecnología y sus múltiples brazos, al servicio del hombre, está dispuesta a perjudicarlo en su eje fundamental, la capacidad que tiene de ganarse el sustento para poder alimentarse a sí mismo, a su familia, tender al crecimiento moral y personal, desarrollarse como persona y, en última instancia, es todo el sistema el que será corrompido si el trabajo, como lo conocemos, empieza a extinguirse. ¿A qué voy con esto?, la mayoría de los puestos de trabajo de la actualidad podrán ser reemplazados en el mediano o largo plazo por maquinas, cabe establecer una regla: la capacidad de insertar maquinas en puestos de trabajo es directamente proporcional a la poca calificación de la labor que desee reemplazarse, así, a mayor calificación será más complejo eliminar al hombre y su cerebro del medio, pero quién sabe, quizás hasta eso pueda lograrse, en un futuro no tan lejano.
   El derecho debe regular situaciones sociales a fin de darles una solución lo más equitativa posible, dentro del menú de posibilidades fácticas que puedan presentarse. Es obvio que en la actualidad la merma laboral es nimia, en comparación con un verdadero "Apocalipsis Laboral" que, de seguro, no será tal, o al menos tan tajante, pues la extinción de las relaciones laborales a tenor de la incorporación de la tecnología, reemplazando puestos otrora ocupados por seres humanos, responderá a un proceso gradual, doloroso, pero gradual, nunca intempestivo. El día en que haya una cantidad considerable de excluídos, será la expresión jurídica la encargada de ofrecer soluciones, regular el asunto, pero aquí surgen varios interrogantes: Si el sistema ha creado expresiones normativas para regular un fenómeno existente (la relación laboral humana) cómo podrá legislarse con algo que ha desaparecido o está en vías de hacerlo. El derecho laboral, regulando un fenómeno masivo de desempleo humano, sería tan efectivo para la salud del trabajador como un verdugo, mirando por última vez al condenado, con ojos de compasión, quizás vidriosos, pero presto a cumplir la orden...aquí algo ha muerto, y si se lo desea regular, será inútil.

   Para paliar la situación se me ocurre alguna posibilidad:

   1) Leyes laborales limitativas: Que el estado intervenga e imponga una cierta cantidad de empleados humanos que deben prestar servicios en el establecimiento, de acuerdo a la magnitud del negocio (partiendo de distintos parámetros, tamaño del sitio, facturación estimada, etc), sería una solución concebible. La cuestión radica en que desde una ley laboral pretenda enfrentarse a un fenómeno que quizás no es "disuadible" con tanta simpleza, fenómeno que llegó para quedarse e ir horadando las voluntades de los jefes de estado, legisladores, jueces, al punto de llegar a imponerse. La productividad tecnológica por sobre el trabajo humano, la recaudación de impuestos, las transacciones comerciales aumentadas varias veces y un Producto Bruto Interno que crece, año a año, debido a la mayor productividad de aparatos que no descansan, sienten, sueñan, sufren y ponderan, simplemente cumplen aquello para lo que han sido diseñados, son algunos impedimentos para imaginar leyes que limiten la incorporación de maquinas a establecimientos donde antes, en ese mismo lugar, había un hombre. La ley está para cumplirse, es fundamental partir de tal premisa, pero cuando aquella pretende regular mecánicamente situaciones sociales críticas, sin atender el marco económico social al que ha sido llamada a actuar, lo más probable es que se intente eludirla. Veamos, si la ley se cumpliese todas las personas deberían trabajar "en blanco", recibir sus aportes y gozar de todos los beneficios que la L.C.T y otras leyes complementarias disponen, sin embargo, en un país donde la matriz económica es inestable, con crisis cíclicas, es mucho más sencillo para el empleador violar los postulados respectivos, maximizando su rentabilidad y luego, eventualmente, hacerse cargo de las consecuencias disvaliosas, en el mejor de los casos, que cumplirlos. Del mismo modo, si una ley obliga a un empresario a tener determinada cantidad de hombres (comprensivo de ambos sexos, obviamente) garantizando su trabajo y fijando indemnizaciones a su cargo en caso de violar dicha ley, es muy probable que se actúe al margen de ésta, como si se circulase por una banquina evitando transitar una ruta destrozada. Máxime si el aumento de productividad redunda en mayores ingresos que permiten afrontar indemnizaciones, multas a organismos específicos o lo que se desee imaginar para disuadir la actitud que se pretenda evitar. En puridad se trata de crear expresiones normativas que, independientemente de su belleza estético-jurídica o qué tan contemplativas son con los trabajadores, puedan ser aplicables en la práctica.

   2) Estado tutor: Miles, quizás millones, se han quedado sin empleo, resulta que su labor pudo ser reemplazada por una maquina que, si bien, ha sido cara, se paga sola atento a su enorme productividad. Las empresas, distribuidoras e, incluso, comercios minoristas, pueden prescindir del hombre y maximizar la producción, a todas horas rodando, sin dormir, vacacionar ni quejarse, sin lastimarse ni pagar una A.R.T, la maquina es mejor que el hombre en muchos puestos. El estado no puede quedarse inerte ante tal situación, es de esperar que el empleo público crezca a niveles insospechados. Los puestos en dependencias estatales habrán de incrementarse, los empresarios pagarán más impuestos o se crearán impuestos sobre cada unidad tecnológica utilizada, casi como una compensación, en forma tributaria, al empleado que se ha quedado en la calle y, con mayor recaudación pública, podrán sufragarse los costos de una plantilla mucho mayor de empleados estatales. Seguros de desempleo casi perpetuos u oficinas estatales plagadas de personas que antes ocupaban otro puesto de trabajo, quizás hasta de gusto, nos hará preguntar cuál es el rol del trabajador ante la aparición de las maquinas en puestos de trabajo actualmente humanos. Quizás eso sea para desarrollar en otra entrada o para que lo toque una persona especializada en el tema.

   3) Derecho laboral laxo: En otra entrada ("Conflictividad ley de contrato de trabajo y legislación relacionada") he mencionado como la presión sobre el empresario propuesta por la legislación redunda en un resultado no deseado, ni por su letra, mucho menos por su espíritu, que es la creación de relaciones jurídico-sociales al margen del derecho. Dejando de lado el ánimo de lucro inherente a toda ingeniería comercial y la visión basada en la avaricia innata de la clase empresarial según la cual incluso si la legislación fuese más laxa, por una cuestión de intereses y, hasta, imposición de superioridad, se intentarían violar las leyes, creo que una legislación laboral más tuitiva a la conservación del trabajo y no tan protectoria del trabajador, sería una solución jurídica intermedia. Cabe pensar que, en el escenario propuesto, habría que mitigar los efectos de una paulatina extinción del hombre trabajador y si un menú de legislación desea ponerse a corriente de tal situación, quizás podría evitarse algo de daño. Hay que ver cuánto se está dispuesto a ceder y cuál es el límite entre remisión de derechos laborales en pos de cuidar el empleo como lo conocemos y pauperización laboral, lisa y llana.

   4) Otras soluciones: Partir de exenciones de impuestos a quienes conserven empleados en sus establecimientos, fomentar la capacitación de los trabajadores para que su trabajo, quizás alterado por el nuevo esquema laboral, mute para integrar su labor con la unidad tecnológica (sabiendo repararla, por ejemplo), mayor accesibilidad al crédito con una tasa de interés menor, estímulos económicos para quienes no incorporen tecnología o lo hagan en una escasa magnitud y presión impositiva a la renta proveniente de la utilización de unidades tecnológicas, serían elementos que la expresión jurídica de turno podrá utilizar para disuadir un cambio radical de esquema laboral y la directa desaparición de una rama, muy valiosa, del derecho por el simple hecho de haber desaparecido, a su vez, gran parte de los sujetos a quienes tutelaba.

   Para culminar la entrada, a modo de conclusión, puede que la temática sea algo compleja de internalizar bajo las formas actuales de vida, sin embargo, aquello que hoy puede parecer hasta imposible, en un futuro relativamente cercano sea habitual. Incluso si no se produjera una eliminación total, o casi total, de los puestos de trabajo humanos, sin dudas la inclusión de maquinarias avanzadas en labores hoy realizadas por seres humanos, puede generar conflictos sociales realmente graves. Siempre cabe esperar que el derecho esté a la altura, regulando las situaciones que se presenten para dar una solución eficaz que contemple tales avances, que no los impida o prohíba, pero que tampoco permita graves violaciones en los derechos de los trabajadores a tenor de cambios en la legislación laboral o, simplemente, su eliminación.

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