miércoles, 27 de agosto de 2014

LA CONFLICTIVIDAD DE LA LEY DE CONTRATO DE TRABAJO Y LEGISLACIÓN RELACIONADA

   La ley de contrato trabajo se trata de una legislación netamente tuitiva a los intereses de los dependientes. Así se ha plasmado en numerosas disposiciones del cuerpo legal,  citando como meros ejemplos,  el Artículo 80 relativo a la obligación del empleador de entregar el certificado de trabajo siendo sancionado, cuando haga caso omiso, con una indemnización en favor del trabajador de 3 veces el mejor sueldo mensual normal y habitual. Toda la ley ha sido diagramada en favor del trabajador, desde la protección de la mujer en estado de gravidez y las indemnizaciones agravadas en caso de despido por esta causa y su presunción temporal relacionada,  hasta la tutela sindical. También a modo de ejemplo, pesa sobre el empleador poner a disposición de las madres que trabajen para él, una sala donde puedan estar con sus hijos. No veo necesario destacar que no conozco muchas empresas que trabajen con una planta permanente de mujeres y cuenten con "nursery".
  Un empleador que desee invertir en, digamos, un comercio o emprendimiento de mayores proporciones, deberá casi repetir el costo de su inversión en prestaciones laborales y a la seguridad social y como la propia legislación nos muestra, el incumplimiento es sancionado con severidad. Cumplir con los estándares mínimos de seguridad laboral, brindar las vacaciones que por ley corresponden, licencias y en su caso responder ante indemnizaciones que le son requeridas, pueden tornar la actividad inviable. Todo esto, claro está, si se cumple a rajatabla la legislación y no se deja el más pequeño detalle sin respetar.
  Me pregunto cual es el objetivo de la ley. Esta discusión sin dudas excede el escaso margen de esta entrada pero a modo de resumen, de acuerdo a mi opinión, creo que la ley es el medio más sencillo que tiene el estado para regular y otorgar certeza a situaciones jurídicas que, sin su existencia, estarían al margen del derecho. Las lagunas de la ley existen en diversos ámbitos y son peligrosas pues muchos sujetos engendran relaciones de derecho ajenas a su ámbito de eficacia...pero es tan peligroso una ley ausente como otra omnipresente, pues es inevitable que todo aquello de imposible cumplimiento sea marginado y termine en la ilegalidad. No se puede pedir aquello que sea de imposible cumplimiento o, la ley no puede exigir imposibles, esto nos demuestra que la legislación por más perfecta que sea dogmáticamente, es inútil si no logra resolver las situaciones para las que ha sido creada y peor aún,  peligrosa si lleva a estas situaciones al marco de lo ilícito.
   Si la ley nos exige un determinado comportamiento, nos pone un "standard" de legalidad tan alto que no podemos adoptarlo,  sin tornar nuestra a actividad en perjudicial a nuestros intereses, sin dudas muchos optaremos por vivir en su margen, es decir, en la ilegalidad. Es una cuestión de elección, ¿preferimos una ley perfecta, tuitiva y progresista de imposible cumplimiento u otra más modesta pero que pretenda equilibrar de forma efectiva, es decir, sin acudir al conflicto, las situaciones que regula?.
   Una ley que intenta proteger los derechos de la parte débil en una relación laboral, como es el trabajador, estimula el "escape" a soluciones que lejos de favorecerlo terminan generándole un perjuicio. La adecuación de la ley a la situación económico social del ámbito geográfico al cual ha sido llamada a actuar es imperioso pues de este modo podrá cumplir su rol regulador en lugar de ser una justificación indirecta para no cumplirla.
   Lejos de favorecer al trabajador la Ley de Contrato de Trabajo y otras disposiciones (Ley 24013, 25245, entre otras) con su redacción actual favorecen el empleo completamente en negro o, en el mejor de los casos, deficientemente registrado. Los empleadores optan entre cumplir la ley y directamente disminuir su renta o incumplirla y aumentarla... como todos sabemos, en el mundo de los negocios, no hay mucha duda al respecto.
   La enorme cantidad de sanciones al empleador redundan en demandas que colapsan los Tribunales Laborales que deben darles curso, sabiendo que no siempre la interposición de un acción judicial beneficia al trabajador pues en muchas ocasiones la demora de los juicios opera en detrimento del fin de la ley,  que es resarcir de forma justa a la parte con menos recursos económicos.
    La ley no ofrece soluciones intermedias para conciliar intereses tan diversos como respetables. Por un lado el trabajador que,  como parte débil,  debe acudir al balance legal (Art 17 bis LCT) para que su inferior poder de negociación de las condiciones del contrato no lo perjudiquen y por el otro, el empleador, que al poner en juego parte de su capital no sólo es fundamental para permitir a decenas, quizás cientos de familias, acceder a un ingreso mensual, sino que además es necesario para movilizar la economía en su totalidad.
   A mi entender la Ley de Contrato de Trabajo no es útil a la finalidad para la cual ha sido dictada, pues no resuelve el problema de fondo,  que es justamente equilibrar fuerzas dispares sin causar perjuicio a ninguna de las partes, todo lo contrario, ya que pone al trabajador en la difícil situación de tener que aceptar trabajar en condiciones vejatorias a su persona o interponer una acción judicial para hacer cesar tal situación. Esto último no siempre es beneficioso para el trabajador,  sea por miedo a represalias de su empleador o por la poca practicidad de acudir a un juicio, generalmente extenso, que no terminará por satisfacer todas sus peticiones pecuniarias, la vía judicial es la última ratio de muchos empleados.
   Como propuestas, para no quedarse sólo en críticas, la creación en el ámbito provincial de una oficina de mediación laboral obligatoria, como ocurre en la Ciudad de Buenos Aires (llamada SECLO) o, yendo más a lo profundo, la revisión de aquellas prestaciones a cargo del empleador manifiestamente antieconómicas, que en la práctica aumentan el "escape" a la ilegalidad, podrían ser soluciones a corto plazo para reducir la conflictividad que la propia LCT y afines generan en el mundo laboral.

martes, 26 de agosto de 2014

¿SOBRAN LOS ABOGADOS?

 Seguramente hayan leído o escuchado dichos celebres como el "serás lo que debas ser o serás abogado" o "debajo de cada piedra sale un abogado". Bueno, con este humilde posteo pretendo intentar desmentir tal extremo. En la Argentina según datos no tan recientes, habían 190.000 abogados matriculados, supongamos ahora que ese número se haya incrementado, pongamos un extremo de 300.000 abogados matriculados en todo el territorio de la república. La cantidad sin dudas es importante, pero ahora debemos también considerar que la población ha crecido y rozado los 45 millones de HABITANTES. Obviamente no es esperable que todos los habitantes tengan que recurrir a un abogado al mismo tiempo, de hecho mucho de esos habitantes probablemente jamas hayan visitado a un abogado, pero tampoco podemos considerar que los 300.000 abogados matriculados ejerzan efectivamente su profesión o que no tengan el título bloqueado por su desempeño en alguna dependencia que así lo determine o requiera. Logicamente no todos los abogados matriculados ejercen con un estudio particular, muchos se asocian y comparten un estudio o trabajan para otro abogado con más experiencia, pero si todo esto no ocurriese, las posibilidades profesionales del abogado si bien reducidas, aún seguirían existiendo.
    Ahora creo que es importante desmenuzar el origen de conceptos que motivan esta entrada. Para mi la razón fundamental por la que se estimula constantemente la "mentira" de que sobran abogados es la deficiente formación práctica con la que salen la mayoría de los estudiantes universitarios de la carrera de grado y esto a su vez responde a otra cuestión insoslayable para entender el tema,  basada en la propia economía de mercado, inserción profesional o como pretendan llamarle...no conviene a los abogados con muchos años en la matrícula ver como el nicho laboral en el que se hayan inmersos se ve ocupado por jovenes abogados con formación profesional satisfactoria y conocimientos teóricos mucho más frescos. Dicho de forma más sencilla, el sistema funciona de la siguiente manera: Estudiantes se reciben con escasa o nula experiencia práctica, saben que hay muchos abogados pues lo han leído o escuchado en muchos sitios y deben aceptar trabajar en un estudio privado o dependencia pública bajo condiciones que no aceptarían si tuviesen formación práctica adecuada para intentar un emprendimiento propio o al menos, negociar condiciones laborales más cercanas a sus intereses.
   Es dable analizar el marco económico social de la Argentina, brevemente, para comprender las vicisitudes de la profesión de abogado. Yo creo que la abogacía es una carrera muy dúctil pero la condición sine qua non para que se desarrolle de forma efectiva es el conflicto en cualquiera de sus vertientes, sea laboral, comercial, con el estado, con una empresa o un tercero. Este país ha sabido acostumbrarse a la conflictividad social y económica. Me pregunto que pensarán quienes sostienen que hay un exceso de abogados si les digo que en el período Agosto 2013-Agosto 2014 se han cerrado cerca de 300.000 cuentas sueldo, acaso detras de esas cuentas no hay posiblemente un conflicto laboral en puerta que requiera el auxilio de un letrado?. Pensemos ahora en la recesión que afecta al país y las pequeñas y medianas empresas que han tenido que concursarse o peor, quebrar...deberán contar con un abogado que presente la petición a concurso o, en su caso, quiebra y que trabaje durante todo el proceso pero esto no acaba aquí pues si se ha llegado a tal situación apremiante también hay acreedores que se presentarán con abogados a solicitar la verificación de su crédito o revisar las peticiones de los demás acreedores, asesorarán a su cliente en cuanto a la propuesta, en caso de concurso o en cuanto a la realización forzosa de los bienes si se trata de una quiebra. Multipliquemos un concurso o quiebra con 10 acreedores promedio por varios miles de supuestos, seguramente el número de abogados es bastante alto sin siquiera hacer cuentas ficticias. Y la accidentología vial?, en un país con una tasa importante de accidentes de tránsito con heridos y/o muertos vemos como los abogados penalistas y civilistas pueden tener empleo para defender los legítimos derechos de sus clientes a obtener una condena o reparación justa e integral dependiendo del ámbito en que ejerzamos la presentación. Y los civilistas?....que yo sepa la gente sigue muriendo ergo se abren sucesiones, hay personas que celebran un matrimonio pero años después se dan cuenta que no eran el uno para el otro (quizás nunca lo fueron) y deciden divorciarse, otros venden sus propiedades, otros las compran, simplemente para mencionar actividades comunes. Y los sociataristas?, siguen planteándose nulidades asamblearias, cuestiones relacionadas a la emisión de acciones bajo la par, fraudes societarios, licuaciones de participación, inoponibilidades o irregularidades en la labor de administradores...bueno, más abogados. No me olvido de mencionar a los penalistas, a los previsionalistas que luchan durante años para que a su cliente le reajusten los haberes o peor, se los reconozcan o a quienes trabajan para empresas en el sector privado. Tierra fértil para abogados se ha dicho, las mencionadas y las que ustedes crean que olvidé, tierra prospera para abogados.
    Por otro lado se habla en general, como contraposición al exceso de abogados, a la escasez de ingenieros. Esto puede deberse a la poca preparación en ciencias duras que reciben los alumnos en el secundario y las falencias de muchas de las escuelas técnicas que no han sabido preparar futuros ingenieros pero también creo necesario relativizar tal escasez. Si viviesemos en Japón o Alemania y por algún motivo los alumnos se volcasen a ciencias blandas diría que estamos ante un problema pero aquí eso no ocurre, es decir la industrialización Argentina es siempre esa eterna promesa que  trata de generarse pero se desmantela antes de comenzar a funcionar de forma autónoma. Se fomenta la industria pero años después un Default o una crisis económica retraen la actividad, generando despidos, concursos, quiebras e innumerables conflictos que requieren la participación de un letrado que desde las sombras, cuando realmente creía que el país daba el paso al primer mundo industrial, debe acudir al rescate de un empleado despedido sin causa o un pequeño empresario con la soga al cuello que, ahora si, valora y agradece su participación sin creer que hayan demasiados abogados.
   Si recordamos al celebre Lionel Hutz, cuando imaginaba un mundo sin abogados y vislumbraba personas en ronda abrazadas, quizás la escena puede ser graciosa pero sin dudas no deja de ser una parodia absurda de la realidad. El arquetipo de abogado requiere conflicto para vivir, como un humano oxígeno o un pez H2O, y ese conflicto no es una mera escena cosificada/disecada, se trata de personas reales que han llegado al punto donde su patrimonio, libertad y hasta propia vida dependen de un sujeto que con,  su pericia o impericia,  definirá gran parte de SU FUTURO. Y estos conflictos  son aislados en una sociedad avanzada que  ha aprendido mediante educación a resolver sus problemas de formas alternativas máxime, son comunes en nuestro país y seguirán siendo pues la conflictividad social es moderada y económicamente alta. Desde este enfoque la profesión de abogado lejos de ser una carga para la sociedad, es diría,  hasta noble.
   Entonces jóvenes abogados o estudiantes sin esperanzas, si alguna vez alguien les dice que hay muchos abogados les recomiendo con mucha humildad responder que hay una cantidad proporcional entre profesionales que se reciben (o recibirán) y conflictos que requieren (requierán) su participación y que la falta de ingenieros como habitual contraposición,  no siempre se debe a la terrible abogacía que con sus garras atrapa a los inocentes egresados del secundario que quieren aprender de números y terminan leyendo artículos del código civil hasta el hartazgo sino a una matriz productiva que aún está muy lejos de desarrollarse y necesitar tantos ingenieros como para estimular un éxodo masivo de estudiantes a las ciencias duras. El día que se necesiten más ingenieros que abogados seguramente lo veremos en el PBI industrial o a simple vista nos daremos cuenta, pero eso no ocurre en la actualidad. Mientras en conflicto supere al desarrollo seremos necesarios, dicho de forma más coloquial, mientras seamos argentinos...seremos abogados.

LA INFORMATIZACION DEL PODER JUDICIAL

Son las 10 de la mañana y en todos los juzgados y tribunales de la nación se puede detectar una situación semejante: Decenas de personas, incluyendo pasantes y nombrados de mesas de entrada desaforados requisan pequeños receptáculos de expedientes o documentación, transformando la búsqueda en un tesoro de inconmensurable precio...lo encontré gritan al unísono en los juzgados y tribunales de la nación, como el Santo Grial o un político honesto o un marcador central para Boca Juniors. En una Era de creciente ambientalismo sería necesario replantear el rol del papel en la justicia, si esos sujetos pensaran en las hectáreas de Amazonas o impenetrable (ya no tan impenetrable) chaqueño derribados para fabricar el papel que se utiliza para la ridícula cantidad de cédulas libradas hasta el hartazgo a un sujeto que cambia de domicilio como de ropa interior para evitar ser notificado, quizás no estarían tan conformes con el funcionamiento del sistema. La crítica al papel pretende ser constructiva, en la actualidad la información se almacena en la nube, hay decenas de millones de archivos en la web esperando ser descargados, sin dudas la practicidad del nuevo mundo deja en ridículo el rol del papel como medio de almacenamiento de información.
   Pero no es suficiente, queridos lectores, la inutilidad del papel es un simple detalle en esta crítica. Hablemos ahora de los recursos humanos. La justicia que me tocó conocer, fue siempre en mi posición de pasante, es decir siendo aquel sujeto que durante 6 horas olvida que es persona y entra en una suerte de mundo intermedio de jerarquías (siempre superiores) y promesas que en general no suelen cumplirse. Como muchos de ustedes quizás sepan el poder judicial, al menos en la provincia de Buenos Aires, se devora a si mismo, el propio sistema ha colapsado siendo demostrativo de tal extremo el hecho de que hay una cantidad cada vez más similar de pasantes (exentos del régimen laboral) y nombrados. Esto es interesante para apuntar que la informatización del Poder Judicial no sería tan negativa si tenemos en cuenta que dejaríamos sin empleo a casi la mitad de la población que creeríamos inicialmente dejar desempleada puesto que en general el pasante trabaja "Ad Honorem", frase en latín que en su traducción literal al castellano significaría "siendo cagado desde un cuarto piso". No crean que no pensé en la gente que quedaría sin empleo, sobre todo ordenanzas y sujetos que trabajan en mesas de entrada...para ellos se podría pensar en reubicarlos en áreas cercanas a la administración del sistema informático reluciente o moderación del mismo, después de todo la tarea que desempeñan en un tribunal físico no es mucho más dogmática.
    El sistema debería ser reformulado en su totalidad. Puede ser una salida algo drástica pero sin dudas el tiempo creo que me dará la razón. En la actualidad sabemos que existe una Mesa de Entradas Virtual, pero humildemente creo que la totalidad del expediente debiera volcarse en un nuevo y moderno sistema informático, permitiendo acceder a todos los despachos, providencias y resoluciones judiciales las cuales, obviamente, serán desarrolladas del mismo modo. El abogado tendría una cuenta según su matrícula cual hotmail cualquiera e ingresando al sistema debería poder chequear todos los procesos en los cuales interviene. Las notificaciones se producirían cuando el abogado cliquea en el link que lo dirige a la resolución que pretende conocer o cuando efectivamente puede leerla, es decir cuando está a su disposición efectiva, esto último si el sistema es más sofisticado. La presentación de escritos operaría del mismo modo y los lugares físicos se reservarían como una especie de archivo donde toda la documentación de difícil o imposible escaneo iría a parar. Este puede ser otro interesante sitio de inclusión laboral para quienes actualmente desempeñan tareas no jerárquicas en el Poder Judicial. También tales lugares físicos serían útiles al efecto de realizar audiencias las cuales dificilmente puedan reemplazarse por videoconferencias.
    La seguridad informática es un aspecto en contra de mi planteo, pero todos los sistemas tienen fallas, el actual sin dudas es un buen ejemplo de aquello. Tener especialistas en seguridad informática y el desarrollo de copias de seguridad serán imprescindibles para alejar a los delincuentes informáticos al acecho.
   El sistema dentro de su disfuncionalidad es funcional, los tribunales abren sus puertas y los abogados hacen fila para presentar un escrito o notificarse, lejos estoy de negar esta circunstancia, pero el mundo actual donde la comodidad tecnológica ha avanzado considerablemente debería permitirnos incluir este tópico dentro de los debates, en lugar de planear ciudades judiciales monumentales que serían elefantes blancos en algunos años y que generarían millonarios gastos en construcción y mantenimiento. Espero que la modernidad llegue antes del comienzo de las obras pues luego será demasiado tarde, es cuestión de esperar un cambio...
    

LOS DERECHOS DE QUINTA GENERACIÓN

 Ante todo cabe reflexionar sobre la utilización de este titulo, debo decir que la cuarta generación ya ha sido reservada para los derechos vinculados a la internet que sin lugar a dudas tendrán en los próximos años un alcance inusitado. Los derechos de quinta generación son aquel grupo de prerrogativas innovadoras, protegidas por leyes del siglo XXI en países de cuño liberal y progresista que cumplen un papel de secularización muy marcado pues denotan el intento final para separar completamente la lógica religiosa, en general cristiana, del alcance de los derechos que alcanzan a un individuo. Puedo citar como meros ejemplos el matrimonio gay (llamado igualitario en Argentina) o la ley de identidad de género y sin dudas el máximo alcance y finalización de esta generación de derechos será la consagración del derecho de la mujer a disponer de su cuerpo en forma interruptiva de su embarazo, ergo, el derecho al aborto sin las limitaciones actuales.
   Las generaciones de derechos a mi entender pueden definirse con un patrón según el cual hay una proporcionalidad directa entre el número de generación y la importancia del bien tutelado, es decir, al alejarnos de los derechos de primera generación notamos que el carácter de imprescindible de la tutela de los derechos se va desvaneciendo y las razones por las que se pretende legislar dejan de basarse en la mera justicia social y hasta jurídica, acercándose a aspectos políticos. No niego que el avance de medios tecnológicos antes desconocidos y el progresivo "desarrollo" de las sociedades requieren nuevas tutelas pero no es menos cierto que la gran mayoría de los derechos esenciales terminan sólo al mencionar un pequeño catalogo de prerrogativas que toda persona debe tener a su alcance y el resto, quizás siendo algo ácido, no podrían siquiera llamarse derechos sino meros artilugios políticos.
   Otro patrón interesante es que a medida que avanzan las generaciones de derechos aumenta su capacidad de satisfacción, es decir si el derecho a la dignidad o a la vida con su amplio espectro son de dificultosa y, hasta diría, imposible satisfacción total, este tipo de derechos de quinta generación (que a mi entender no son derechos per se) son tan simples en cuanto a su respeto como hacer meros cambios en el ámbito administrativo, permitiendo por ejemplo que un hombre o mujer cambien su nombre con un nuevo DNI que acredite su renovada identidad. Con eso basta, no es necesario invertir millones en inclusión social y se puede agasajar a una enorme comunidad con dos o tres leyes de 30 o 40 artículos cada una, redactadas con prístina técnica.
   La tan mentada modernidad permite darle a la ley un alcance que no necesariamente merece, así como en otras oportunidades trataré lo innecesario de un catalogo delictual tan complejo ahora cuestiono una actitud política que va dirigida a agrupar ciertos aspectos bajo una generación de derechos que si bien es novedosa (no creo haberla leído en otro lugar sin arrogarme su creación) no por esto no es criticable. El derecho a la autodeterminación del género es un derecho?, o formulado desde otro punto de vista, si fuese un derecho humano, acaso no sería mejor preocuparse por la tutela efectiva de aquellos derechos de primera, segunda y tercera generación en lugar de crear nuevos espectros legales para satisfacer la petición de grupos con intereses sectarios que no buscan el bien para la comunidad sino para "su" comunidad?. Con cada matrimonio igualitario que se festeja hay un niño que no tiene acceso a la educación o está por las tardes vendiendo encendedores por alguna ciudad que pretende ignorarlo cuando el trabajo infantil está claramente prohibido y todas las convenciones a las que ha suscrito Argentina consagran el derecho a una niñez digna, con esparcimiento y pleno desarrollo del menor. Si nos preocupásemos por satisfacer a aquel niño en lugar de intentar "ganar" adeptos políticos?. Se que quienes lean esto pensaran con algo de astucia que si anteriormente mencioné el poco esfuerzo que se requiere para tutelar a los llamados derechos de quinta generación, entonces no hay perdida para aquel niño....esto es cierto, los derechos de quinta generación no se oponen a los de primera o segunda, o no deberían, pero muestran un rumbo del estado que prefiere hacer publicidad de su progresismo en lugar de ejercerlo con políticas concretas, algo harto difícil sin dudas.
   No cuestiono per se los derechos de quinta generación, los critico en cuanto a su utilización que esto quede bien en claro. No me opongo a que dos personas del mismo sexo contraigan matrimonio pero cuando esto se permite para aglutinar sectores que pueden ser valiosos en una elección, para darles la bandera de un partido y que jamas dejen de enarbolarla, es aquí donde dudo sobre su plena legimitidad máxime la consideración realizada en el párrafo inmediato anterior, es decir, el día que la dignidad, la vida, la salud (entre otros) sean realidades y no derechos estáticos para hablar en la facultad de forma académica, será este día donde estaré contento y reconoceré que los derechos de quinta generación existen en plenitud. No puede construirse una casa sin cimientos, no puede hablarse de cuarta o quinta generación si la primera, segunda y tercera están diezmadas, así como no hubiera existido evolución humana para estar acá escribiendo este humilde blog (probablemente vos tampoco podrías leerlo) si mi bisabuelo no hubiera existido o hubiera vivido en una miseria absoluta propagada a mi abuelo, padre y ulteriormente a mi persona.
   Tampoco cabe olvidar el rol de los medios de comunicación en los debates parlamentarios y de forma mucho más genérica, con la asimilación completa de la comunidad homosexual a todo programa, tira, miniserie y serie televisiva, pero esto indudablemente es rol de un sociólogo y mi profesión de abogado no pretende inmiscuirse en aspectos que no me corresponden.