viernes, 9 de enero de 2015

BANGLADESH

   Decir que Bangladesh es un país de contrastes sería algo ridículo, seguramente los haya, pero la inmensa mayoría de la población vive en un desamparo extremo. ¿Qué tiene Bangladesh?. La imágen que a uno se le hace, sin haber visitado el país, es que será un territorio culturalmente vinculado a la India. Quizás no esté muy equivocado, también tiene un clima húmedo, temperaturas altas, tierras bajas, generalmente cubiertas por los miles de milímetros que caen de lluvia cada año. Pero creo que aún no he respondido la pregunta, ¿Qué tiene Bangladesh?...gente, población, y mucha. Pensemos que viven 168 millones de personas en un territorio de 150 mil kilómetros cuadrados, es pequeño, muy,  si lo llevamos a ejemplos prácticos y me dejo de lanzar números al aire,  Santa Fe, como provincia Argentina, tiene 133 mil kilómetros cuadrados, o sea, si juntásemos dicha provincia y una pequeña porción del norte de la provincia de Buenos Aires, tendríamos Bangladesh, bueno, en realidad no lo tendríamos, pues deberíamos agregarle unas 160 millones de personas más. De seguro hay profundos motivos religiosos/sociológicos que fundamentan la gran tasa de natalidad que tiene Bangladesh, tampoco se le puede pedir a un país con pocos recursos naturales que sea una potencia agrícola y, mucho menos, que en el estado calamitoso en que viven muchos de sus habitantes, puedan salir mentes brillantes, profesionales conspicuos, al menos en cantidad. Por esto, el mercado se ha dado cuenta que el negocio en Bangladesh no es cultivar arroz sino llenar fabricas inmensas en las afueras de las ciudades con mayor cantidad de habitantes por kilómetro cuadrado con, precisamente, el mayor capital que tiene la nación bengalí...gente. Tanto es así, que la industria textil aporta las tres cuartas partes del PBI de Bangladesh.
    Seguro, a estas alturas de la entrada, se preguntarán por qué en un blog jurídico titulo y redacto una entrada sobre un país muy pobre ubicado a varios miles de kilómetros. La razón es remarcar el máximo exponente del divorcio entre legislación y realidad que existe en el mundo, al menos dentro del mundo conocido.
   El 24 de Abril de 2013 una fabrica textil de 8 pisos, allá por las 9 de la mañana, se derrumbó, matando a 1127 personas e hiriendo a muchas más. Dicho edificio no fue detonado por un grupo terrorista, ni sufrió un incendio accidental que deshizo, poco a poco, sus cimientos, hasta motivar su derrumbe. Lo que ocurrió es que la fabrica comenzó a revestirse de grietas, algunas amplias y profundas, el día anterior, sin embargo los supervisores pidieron a los empleados que regresen el día siguiente. Fue una imprudencia, por parte de los trabajadores, regresar al lugar, pero qué se puede reclamar a personas que necesitan los 2 o 3 dólares diarios para sobrevivir. No tenían otra opción.
   A estas alturas de la entrada seguirán preguntándose el motivo de su inclusión en un blog supuestamente jurídico. La razón es que Bangladesh tiene leyes laborales, sí, las tiene, parece increíble pero la "Labour Act" del año 2006 plasma los derechos y obligaciones de los trabajadores y empleadores. El capítulo 6 del acta laboral mencionada, en su artículo 61, se refiere a la seguridad del edificio (cualquier relación entre la cita y el accidente NO es pura coincidencia). Alude la participación de un inspector, que, según el apartado 2 de dicho artículo, en caso de considerar que la utilización del edificio/maquinaria pueda representar un peligro inminente para la vida o seguridad de las personas, puede disponer por escrito la prohibición de uso inmediata,  del edificio o maquinaria, hasta que no sean reparadas. Llevándolo al caso en particular, debería haber habido un inspector, probablemente algún empleado debería haberlo llamado, si bien la responsabilidad cabe al empleador, y se debería haber dispuesto la evacuación inmediata del edificio hasta que sea reparado y ofrezca garantías. Claramente eso no ocurrió en la fabrica, no hubo denuncia al inspector, mucho menos evaluación, clausura ni evacuación. A quién le importan 1127 trabajadores muertos si el propio estado permite la instalación de capitales extranjeros que pagan a sus empleados sueldos míseros por fabricar toneladas de productos textiles, trabajando en condiciones insalubres,  para proveer al resto del mundo. La gente abunda, hay demasiados bengalíes entonces cumplir la propia ley sería contraproducente a un sistema que mantiene empleados a los ciudadanos,  a como de lugar.
   Siguiendo con la "Labour Act", su artículo 72 se refiere a la seguridad de los pisos, pasillos y escaleras. Estos deberán ser de construcción sólida y estar mantenidos adecuadamente. El artículo 76 regula una cuestión idéntica al 61, pero en un caso donde no medie urgencia. En el supuesto de un edificio con un mal estado de mantenimiento, el inspector podrá, por escrito, exigir al empleador planos y especificaciones del lugar. El artículo 80 se refiere al aviso de accidentes que debe dar el empleador a los inspectores pertinentes. Dentro de los accidentes, no se menciona el caso de una fractura en las paredes del edificio, que pueda dar lugar a un derrumbe, pero como generalmente las leyes no pueden englobar todos los supuestos fácticos, no es forzado extender la obligación de denunciar al inspector (dentro de los 2 días hábiles, dice la ley) al supuesto de fractura mencionado.
El artículo 84 es más interesante pues prevé la potestad del inspector de "visitar" los establecimientos a fin de evaluar el estado de mantenimiento/condiciones de seguridad e higiene en que se desempeñan los trabajadores. A estos fines, podrá tomar muestras, continúa el artículo. Me parece cuestionable (pero entendible, pues se trata de Bangladesh) que la potestad no sea una obligación del estado que, mediante sus inspectores, plasma para salvaguardar la seguridad laboral. Sí un inspector hubiese sido anoticiado o, mejor, hubiese visitado de oficio la fabrica a fin de evaluar el estado de conservación, de seguro hubiese notado irregularidades mucho antes del 23 de Abril (día en que se quebraron las paredes). Con algo de pericia se podría haber evitado la tragedia.
   Ahora creo que cabe referirme al divorcio, de una vez por todas. Es habitual que los países tercermundistas prevean en sus legislaciones sustantivas y adjetivas disposiciones de imposible cumplimiento a tenor del ámbito material al que han sido llamadas a actuar. En palabras simples, leyes progresistas, o relativamente progresistas, que no se cumplen por imposibilidad económica, corrupción política o mera costumbre cultural. Bangladesh tiene una ley laboral, dicha ley prevé ciertas medidas de seguridad, mecanismos para que cesen los riesgos e incluso sanciones a los empleadores...¿pero quién se anima a tocar la principal industria bengalí?. Ante la comunidad internacional está muy mal visto que un estado no posea una ley laboral o no suscriba los convenios de la OIT (Bangladesh ha suscrito varios), pero el asunto no queda más que en aparentar, ante el mundo y los propios ciudadanos, que alguien los protege, que hay una ley, inerte e inútil que, como letra muerta, dice que los inspectores tienen poder para esto y lo otro o que los empleadores deberán realizar esto o lo otro. Meros artilugios que denigran a la ley, pues la costumbre bengalí la destruye día a día, y el ejemplo de la fabrica que se cobró la vida de 1127 personas no es más que un grano de arena, de seguro hay más fabricas en estado calamitoso, pero los inspectores no alcanzan...o miran para otro lado y los empleadores, generalmente inversores extranjeros, fabrican prendas a 5 dólares máximo para venderlas a 100 en el mercado internacional, mientras que emplean a una parte importante de la población. Quizás el caso de Bangladesh, si bien testigo para demostrar el divorcio entre legislación y realidad, sea uno perdido. El mundo es injusto y una parte importante de dicha injusticia se concentra en Asia. Países superpoblados, alta tasa de natalidad, salubridad deficiente, poca educación e inequitativa distribución de ingresos...qué otra opción tiene un estado que dirige a un país sin rumbo que aceptar cualquier cosa para mantener a sus ciudadanos, al menos, con comida en sus estómagos y una cama para descansar algunas horas. Llevado al derecho, qué otra opción tiene la ley, que está llamada a regular la vida jurídica de un estado sin rumbo, que mirar para otro lado, mientras la realidad se la lleva puesta. Esto es lo que ocurre en Bangladesh, en Malasia, en Taiwan, en India y, ¿por casa como andamos?

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